Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 431

Suprímese el Programa 010 "Regulación de Precios y Subsidios de los
Artículos de Primera Necesidad", Unidad Ejecutora 010 "Dirección Nacional
de Comercio", así como el cargo de Director Nacional de Comercio, a
partir de la puesta en funcionamiento del instituto creado por el
artículo siguiente de la presente ley.
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