Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 381

Habilítase en la Unidad Ejecutora 001 "Administración General" una
partida de $ 1:124.000 (pesos un millón ciento veinticuatro mil) con
destino al Instituto Nacional de la Juventud, para dar cumplimiento a lo
establecido en el artículo 331 de la Ley Nº 16.170, del 28 de diciembre
de 1990.
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