Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 313

La designación de los cargos de Director Nacional de Hidrografía,
Director Nacional de Transporte, y Director General de Transporte por
Carretera, deberá recaer en profesionales universitarios de notoria
solvencia y conocimiento en la materia, lo que se expresará en la
resolución correspondiente.
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