Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 224

Quedan comprendidos en la Ley Nº 13.102, de 18 de octubre de 1962, los
discapacitados que padezcan de ceguera definitiva.

                                INCISO 6
                   Ministerio de Relaciones Exteriores
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