Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 195

En los casos en que el Banco de Previsión Social solicite la
fiscalización de los Estados Contables de los Seguros Convencionales por
Enfermedad a la Auditoría Interna de la Nación, ésta realizará los
controles selectivos que estime convenientes sobre los mismos.
Ayuda