Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 120

Créase el Sub Escalafón "C" de Logística Médica, con funcionarios que a
la fecha ocupan el Sub-Escalafón Especializado "B" y cuya especialidad
técnica sea de apoyo a esta actividad. El mismo estará constituido por 50
cargos discriminados de la siguiente manera: 2 Sub Oficial Mayor; 4
Sargento 1º, 8 Sargento; 16 Cabo de 1ra. y 20 Cabo de 2da.
Ayuda