Toda persona llamada a declarar como testigo ante una Comisión
Investigadora tiene derecho a ser asistida por abogado. Este tendrá todas
las atribuciones que le permitan controlar la regularidad jurídica del
interrogatorio según las disposiones de la presente ley. Podrá,
igualmente, formular preguntas y solicitar las rectificaciones que
considere necesarias para conservar la fidelidad y exactitud de lo
declarado.