Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 65

 Autorízase a la Dirección Nacional de Transporte a cobrar hasta 5 UR,
(cinco unidades reajustables), por los permisos, certificados o
autorizaciones que expida. El destino de dichos fondos será el Tesoro de
Obras Públicas (FIMTOP).
 El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición.
Ayuda