Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 46

   El excedente no afectado del artículo 9º del decreto-ley Nº 15.716, de 
6 de febrero de 1985, por aplicación del artículo 217 de la Ley Nº 
16.170, de 28 de diciembre de 1990, se destinará a la promoción social y bienestar de los recursos humanos de la Dirección de Loterías y 
Quinielas. 
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