Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 231

  Incorpórase a la nómina del artículo 618 de la Ley Nº 15.809, de 8 de
abril de 1986, la siguiente institución sin fines de lucro, con el monto
que se indica:
"Museo Marítimo Malvín" $ 12.000, (pesos uruguayos doce mil).
Ayuda