Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 226

 El administrador General de la Asesoría Tributaria y Recaudación del
Banco de Previsión Social o quien haga sus veces, podrá delegar sus
atribuciones en el jerarca superior de las sucursales de dicha Asesoría,
por resolución fundada y bajo su responsabilidad, dando cuenta al
Directorio.
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