Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 222

 Increméntase en la suma de $ 3:482.000, (pesos uruguayos tres millones
cuatrocientos ochenta y dos mil), equivalentes a U$S 1:000.000, (dólares de los Estados Unidos de América un millón), las asignaciones para gastos
de funcionamiento del Instituto Nacional del Menor.
 Dicho organismo comunicará a la Contaduría General de la Nación, la
apertura en los rubros correspondientes.

                            INCISO 28
                    BANCO DE PREVISION SOCIAL
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