Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 206

 Otórgase una partida anual de $ 696.400, (pesos uruguayos seiscientos
noventa y seis mil cuatrocientos), equivalentes a U$S 200.000 (dólares de
los Estados Unidos de América doscientos mil), a efectos de apoyar las
actividades que desarrollen los investigadores que se han perfeccionado en
el exterior.
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