Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 201

 Consolídase la partida establecida en el artículo 424 de la Ley Nº
16.320, de 1º de noviembre de 1992, con cargo a Rentas Generales y con el
destino previsto en el artículo 408 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre
de 1991, la que tendrá carácter permanente.
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