Facúltase al Tribunal de lo Contencioso Administrativo a disponer las
modificaciones necesarias para racionalizar las estructuras de cargos de
los escalafones "C", "F", "E" y "D", de acuerdo a las siguientes normas:
A) Las modificaciones de cargos no podrán causar lesión de derechos.
B) El costo de la racionalización de la estructura no podrá exceder el
5%, (cinco por ciento), del rubro 0 del Organismo.
C) De la racionalización que se efectúe se dará cuenta a la Asamblea
General, al Tribunal de Cuentas y a la Contaduría General de la Nación.
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales
correspondientes.