Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 163

 Fíjase una retribución adicional sobre las remuneraciones básicas y
complementarias sujetas a montepío, excluida la prima por antigüedad, en
base a la siguiente escala:

Escalafón    Grado             Cargo                       %

A             16   Director de Departamento Contador      40
A             15   Subdirector de Departamento Contador   40
B             15   Ingeniero en Computación               40
A             14   Abogado Asesor Jefe                    40
C             14   Director de Departamento               40
C             14   Jefe de Sección OED I                  40
A             13   Asesor I Escribano                     40
C             13   Subdirector de Departamento
                   Secretario de la ONE                   40
C             13   Secretario OED I                       40
C             12   Jefe de Sección OED  II                20
C             11   Jefe de Sección OED III                20
C             11   Secretario OED  II                     20
C             10   Secretario OED III                     20

 La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos
correspondientes.
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