Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 147

 La Suprema Corte de Justicia establecerá por Acordada los aspectos
operativos que permitan la aplicación de los artículos 144, 145 y 146 de
la presente ley.
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