Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 134

 Modifícase el porcentaje establecido en el artículo 392 de la Ley Nº
16.320, de 1° de noviembre de 1992, el que será para todos los casos del
15%, (quince por ciento).
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