Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 127

 Facúltase a la Suprema Corte de Justicia a instalar, por resolución
fundada y comunicando al Poder Ejecutivo y a la Asamblea General, Juzgados
de Paz determinando su categoría en zonas que, por su importancia y
volumen de trabajo, así lo requieran.
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