Ley 16.336
Sustitúyense disposiciones de la ley 16.333, a los efectos del valor del haber de retiro vigente al 31 de diciembre de 1989, referente a militares en actividad y retiro.
Poder Legislativo
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Sustitúyese el inciso segundo del literal A) del artículo 9° de la Ley N° 16.333, de 1° de diciembre de 1992, por el siguiente:
"A los efectos de este literal, el valor del haber de retiro vigente
al 31 de diciembre de 1989, se actualizará a dicha fecha, incrementándolo
por la variación registrada en el Indice Medio de Salarios, entre el 1º
de noviembre y el 31 de diciembre de 1989".
LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - MARIANO R. BRITO.