MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a conceder un préstamo a la Suprema Corte de Justicia de hasta U$S 10.000.000 (dólares de los Estados Unidos de América diez millones), destinado a la construcción del Palacio de Justicia. Dicho préstamo será amortizado con lo que el Poder Judicial recaude por concepto de la tasa denominada "Timbre Palacio de Justicia" creada por la presente ley, y con la venta de sus activos.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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