Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 468

    Agrégase, con vigencia al 1º de enero de 1991, el siguiente literal, al inciso segundo del artículo 8 del Título 14 del Texto Ordenado 1987:

   "E) Acciones de sociedades comprendidas en el artículo 4 del 
       Decreto-Ley 15.322, de 17 de setiembre de 1982".  
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