El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través del
Instituto Nacional de Pesca (INAPE) tendrá el monopolio de la faena de
lobos marinos en todas las costas e islas del país y de su caza en las zonas de derecho exclusivo de pesca.
Para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo se transferirán
a INAPE los recursos humanos y materiales necesarios de que dispone
actualmente Industria Lobera y Pesquera del Estado (ILPE) para el
funcionamiento del área de lobería.
El Poder Ejecutivo determinará, con el asesoramiento de la Comisión
Liquidadora, la nómina de funcionarios a transferir, los que serán
considerados como personal excedente a los efectos de su redistribución,
la que se efectuará de acuerdo al procedimiento y en las condiciones
legalmente previstas, en lo que fuere aplicable.