Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 648

    Derógase el impuesto a las entradas brutas de las empresas de
aeronavegación provenientes de fletes y encomiendas aéreas contratadas
en el país, creado por el literal C) del artículo 146 de la Ley N° 13.637, de 21 de diciembre de 1967.

                        IVA E IMESI - EXONERACION
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