Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 61

   Las modificaciones de las fuentes de financiación previstas por el
artículo 58 de la presente ley, se podrán autorizar si existe
disponibilidad suficiente en la fuente con la cual se financia.
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