Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 466

    Fíjanse para el Poder Judicial las siguientes partidas:

A) Inversiones, excluidas partida para computarización del Poder Judicial
   y construcción del Palacio de Justicia: U$S 1.600.000 (dólares de los
   Estados Unidos de América un millón seiscientos mil)

B) Computarización: U$S 300.000 (dólares de los Estados Unidos de América
   trescientos mil) anuales.
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