Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 461

    Las partidas de gastos de inversiones y funcionamiento del Poder
Judicial, excepto lo correspondiente a suministros que se paguen por
retenciones, serán entregadas por duodécimos a la Suprema Corte de
Justicia.  
Ayuda