Los funcionarios públicos que hayan sido transferidos al Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo
previsto por el artículo 13 de la Ley N° 16.112, de 30 de mayo de 1990, serán incorporados a la estructura de cargos establecida en el planillado anexo a la presente ley, suprimiéndose los cargos o funciones con que hubieren sido redistribuidos.