Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 199

     En caso que por sentencia definitiva se decretase el comiso y
adjudicación de las mercaderías incautadas, los aprehensores recibirán de
inmediato las Obligaciones Hipotecarias Reajustables depositadas, más los
intereses por ellas devengados, sin perjuicio de los demás derechos que le
correspondan.
    Si el Juez competente fallara absolviendo al imputado, se le
entregarán al mismo las Obligaciones Hipotecarias Reajustables
depositadas, más los intereses devengados por ellas. 
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