Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 183

   Incorpórase, en calidad de funcionarios contratados permanentes, a la
unidad ejecutora 007, "Dirección Nacional de Aduanas", a los funcionarios
de la Contaduría General de la Nación que al 30 de julio de 1990 prestan
funciones en el Centro de Cómputos de dicha Dirección, con igual escalafón
y grado de los que revistan en los padrones de la Contaduría General de la
Nación.
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