CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.
Fíjase la retribución correspondiente al cargo de Subsecretario de Estado, a los efectos de lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, sus modificativos y concordantes, en N$ 780.830 (nuevos pesos setecientos ochenta mil ochocientos treinta) mensuales.Ayuda