El Poder Ejecutivo convendrá con la Administración Nacional de
Telecomunicaciones la forma en que se verificará la recaudación de los
recursos correspondientes a la Dirección Nacional de Comunicaciones, que
cobra actualmente la citada Administración.
Dichos fondos se aplicarán al pago de las retribuciones personales de
su personal así como a la atención de los gastos de funcionamiento y de
inversión de dicha unidad ejecutora, la cual dispondrá a tal efecto del
100% (cien por ciento) de los recursos extrapresupuestales
correspondientes.