Créanse en la unidad ejecutora 135 "Servicio de Retiros y Pensiones de
las Fuerzas Armadas" del Ministerio de Defensa Nacional, un cargo de
Capitán y dos cargos de Teniente 1º.
Los cargos creados no podrán ser ocupados hasta tanto no sea aprobada
la restructura escalafonaria del Servicio de Retiros y Pensiones de las
Fuerzas Armadas y el respectivo Reglamento de Ascensos, a cuyas
disposiciones deberá ceñirse la provisión de los mismos.