CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.
Fíjase en cincuenta y cinco años para los Oficiales Jefes del Cuerpo de Prefectura Nacional Naval, la edad límite para el retiro obligatorio del Personal Superior egresado de la Escuela de Formación, por aplicación del artículo 52 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973.Ayuda