Fecha de Publicación: 17/10/1990
Página: 42-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 55

    Fíjase el crédito para gastos con cargo al rubro 3 "Servicios no
Personales", renglón 3.8.9, derivado 004, en N$ 3:220.000 (nuevos pesos
tres millones doscientos veinte mil), equivalente a U$S 4.000 (dólares de
los Estados Unidos de América cuatro mil) para el ejercicio 1990, a fin
de efectuar los contratos de arrendamiento de obra necesarios para 
programar y poner en marcha el equipo de computación del Departamento de 
Contaduría.
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