Fecha de Publicación: 17/10/1990
Página: 42-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 37

   Increméntase, a partir del 1º de enero de 1990, la partida fijada en
el artículo 270 de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en el
programa 002 "Prestación Integral de los Servicios de Salud", en la suma
de N$ 366:000.000,00 (nuevos pesos trescientos sesenta y seis millones).
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