Fecha de Publicación: 17/10/1990
Página: 42-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 22

    Extiéndese a los Oficiales Superiores de la Armada Nacional, Fuerza
Aérea y Prefectura Nacional Naval lo dispuesto por el artículo 239 del
decreto ley 15.688, de 30 de noviembre de 1984, con vigencia al 1º de
febrero de 1985.
    Dicha asignación no generará derecho a percibir ninguna suma por
retroactividad, cualquiera sea el estado militar de los beneficiarios.

                              Inciso 04

                       Ministerio del Interior

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