Fecha de Publicación: 17/10/1990
Página: 42-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

    El ingreso a la función pública en los escalafones E, F y R, al
amparo de las excepciones previstas en los artículos 1º y 4º de la ley
16.127, de 7 de agosto de 1990, sólo podrá realizarse mediante concurso 
de oposición y méritos, de méritos y prueba de aptitud o mediante sorteo. 
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