Fecha de Publicación: 02/02/1990
Página: 124-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 44

   Suspéndanse los descuentos de días de licencia anual que quedaren
pendientes de la aplicación del artículo 27 del decreto ley 14,416. de 28
de agosto de 1975.

   Sala de Sesiones de la Asamblea General, en Montevideo, a 8 de enero de 1990.- Enrique E. Tarigo, Presidente.- Mario Farachio, Secretario.

   Ministerio del Interior 
    Ministerio de Relaciones EXteriores
     Ministerio de Economía y Finanzas
      Ministerio de Defensa Nacional
       Ministerio de Educación y Cultura
        Ministerio de Transporte y Obras Públicas
         Ministerio de Industria y Energía
          Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
           Ministerio de Salud Pública
            Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
             Ministerio de Turismo

                                       Montevideo, 23 de enero de 1990

   Cúmplase, acúsase recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.-
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