(Actuación y deberes). Los fiduciarios deberán proteger los derechos
e intereses de los debenturistas con la diligencia de un buen hombre de
negocios.
Deberán formular rendición de cuenta anual y poner a disposición de
los obligacionistas un informe sobre la situación de la sociedad deudora al menos una vez al año.
Convocarán a la asamblea de debenturistas cuando hayan transcurrido
sesenta días desde cualquier incumplimiento de la sociedad emisora.