Fecha de Publicación: 01/11/1989
Página: 112-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 372

   (Responsabilidad de los accionistas). Los accionistas que hayan votado
favorablemente las resoluciones que se dejen sin efecto, responderán
solidariamente de las consecuencias de las mismas, sin perjuicio de la
responsabilidad que corresponda al administrador, a los directores, al
síndico o a los integrantes de la comisión fiscal.
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