Fecha de Publicación: 01/11/1989
Página: 112-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 338

   (Vicios o irregularidades en los asientos. Responsabilidad). Las
sociedades serán responsables por los daños que puedan producirse a los
interesados por vicios o irregularidades de los asientos contenidos en 
los libros previstos en los artículos 333 y 334.
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