Fecha de Publicación: 01/11/1989
Página: 112-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 262

   (Contrato de suscripción). El contrato de suscripción será preparado 
en doble ejemplar por el fiduciario y deberá contener transcripto el programa que el suscriptor declarará conocer y aceptar, suscribiéndolo.
   Además se establecerá:

1)  La individualización del suscriptor y su domicilio.

2)  El número de las acciones suscriptas.

3)  El anticipo de integración en efectivo cumplido en ese acto y las
    promesas de aportes en especie.

4)  La constancia de la inscripción del programa.

5)  La fecha y lugar de celebración de la asamblea constitutiva y su
    orden del día.

El segundo ejemplar del contrato con el recibo del pago efectuado, cuando
corresponda, se entregará al interesado por el fiduciario. 
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