MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Resoluciones sociales. Mayorías). Las resoluciones sociales, salvo disposición legal o contractual en contrario, se adoptarán por mayoría. Se entenderá por mayoría la absoluta del capital, no mediando pacto en contrario. Bastará que la mayoría se recabe por la vía de la consulta escrita si el contrato no exigiera otra cosa.Ayuda