MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Remisión a normas procesales). Lo previsto en esta Sección es sin perjuicio de lo establecido en el Libro II, Título II del Código General del Proceso, cuyas normas se aplicarán en lo pertinente a la intervención judicial que esta ley regula. SECCION XV De la inoponibilidad de la personalidad jurídicaAyuda