Fecha de Publicación: 27/04/1989
Página: 272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 4

   Interprétase el artículo 74 de la Constitución en el sentido que debe
entenderse por avecinamiento la realización de actos que pongan de
manifiesto, de manera inequívoca, la voluntad de la persona en ese
sentido, tales como, por ejemplo:

A) La permanencia en el país por lapso superior a un año.
B) El arrendamiento, la promesa de adquirir o la adquisición de una finca
   para habitar en ella.
C) La instalació9n de un coemrcio o industria.
D) El emplearse en la actividad pública o privada.
E) Cualesquier otros actos similares demostrativos del propósito
   mencionado.
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