MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Agrégase al artículo 1° del Título 16 del Texto Ordenado 1987, el inciso siguiente:
"Quedan exonerados de este impuesto, los aumentos de capital de todas
las sociedades anónimas que coticen en la Bolsa de Valores, cuando los
mismos deriven de una suscripción pública".
CAPITULO VIII
DISPOSICIONES VARIAS
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