Fecha de Publicación: 09/02/1988
Página: 276-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 09/06/1988.

Artículo 58

   Inclúyese a los bosques dentro de los bienes sobre los que puede 
recaer el contrato de prenda rural o agraria (artículo 3º de la ley N°
5.649, de 21 de marzo de 1918).  
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