Fecha de Publicación: 26/01/1988
Página: 185-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 11/03/1988.

Artículo 6

   Créase una Comisión Honoraria Asesora en materia de Zonas Francas
integrada por cinco miembros, designados de la siguiente forma: 

   A) Uno por el Poder Ejecutivo, que la presidira.
   B) Los cuatro restantes serán elegidos por los integrantes del
      Directorio de la Corporación Nacional para el Desarrollo que
      representen al Estado, los cuales, a estos efectos, se constituirán
      en órgano elector y su decisión deberá ser adoptada con un mínimo
      de cuatro votos conformes. Conjuntamente con la designación de los
      titulares, se designará por los mismos procedimientos igual número
      de suplentes respectivos. 
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