Fecha de Publicación: 31/12/1987
Página: 740-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 2

   (Objetivos de la política nacional del libro). La política nacional del
libro estará encaminada al logro de los siguientes objetivos:

   A) El estímulo a la producción y comercialización de libros a fin de
      satisfacer, a través de su abaratamiento, las necesidades 
      culturales y educativas de la población.

   B) El fomento a la libre circulación del libro.

   C) El apoyo a la exportación de libros, de modo que éstos compitan en
      condiciones favorables en los mercados internacionales.

   D) El estímulo a la edición de obras de autores nacionales y a su
      actividad creadora.

   E) La colaboración con la conservación y defensa del patrimonio 
      cultural nacional.

   F) La dotación de recursos financieros y técnicos que aseguren el 
      normal desenvolvimiento de las bibliotecas populares, públicas, 
      escolares, liceales y universitarias, el incremento y actualización 
      constante de sus existencias y el desarrollo de los servicios 
      nacionales de bibliografía y documentación.

   G) La difusión del libro por medio de la publicidad, de la 
      organización de ferias y exposiciones en el país y de la      
      participación en las que se realicen en el exterior.

   H) El estímulo a la producción de materias primas y materiales 
      gráficos necesarios para la producción de  libros.

   I) El apoyo a la formación y capacitación de editores, libreros, 
      técnicos en artes gráficas, bibliotecólogos y en general de quienes 
      desarrollen actividades relacionadas con el libro.   
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